Desplazaron a dos policías de la Caminera de Coronel Vidal, por no hacerle la multa a Naboletti

Desplazaron a dos policías de la Caminera de Coronel Vidal, por no hacerle la multa a Naboletti

El actor Juan Acosta, reconocido por su personaje de “Naboletti”, venia circulando por la autovía 2, con varias faltas de transito graves en su haber. Pero lo más grave, es que los policías que lo interceptaron en el destacamento vial de Coronel Vidal, lo dejaron seguir, y el sujeto les “tiró algo para el café”. El caso se hizo público de inmediato, ya que Acosta venía dando una entrevista radial a FM Cielo de La Plata, y todo quedó registrado. En consecuencia, se inició un sumario interno en policía, y los dos efectivos fueron desplazados de su cargo.

“Naboletti”, venia conduciendo su auto tras salir de Mar del Plata, y viajaba con varias faltas graves en su haber. La primera, es que venía manejando mientras hablaba por celular. Luego, los policías le recalcaron que estaba con las luces bajas apagadas, y que tampoco contaba con la Verificación Técnica Vehicular. Todo lo anterior, es de cumplimiento obligatorio.

Todo se agravó aún más, ya que el individuo de la farándula, dijo en vivo que los policías lo dejaron pasar, porque los hizo reír mucho, y él, aseguró haberles dado $200 para un café en modo de gratificación. En pocas palabras, una coima.

Según supimos, Juan Acosta debería haber sido multado por un valor aproximado de entre 46 mil y 155 mil pesos. Para los policías, la cosa es más complicada: luego de la intervención de Asuntos Internos, fueron separados de su cargo y están investigados por cohecho e incumplimiento de los deberes de funcionario público. En su declaración, aseguraron que recibieron los 200 pesos de Acosta pero que los tiraron.

La pena por estos delitos va de “de seis meses a dos años o reclusión de dos a seis años e inhabilitación absoluta por tres a diez años” para el funcionario público que “por persona interpuesta recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer o dejar de hacer algo relativo a sus funciones”, según el artículo 256 del Código Penal.

La conducta de Acosta está contemplada en el artículo 258, donde se lee que “será reprimido con prisión de seis meses a seis años, el que directa o indirectamente, diere u ofreciere dádivas a un funcionario público”. La broma, entonces, lo puede dejar tras las rejas.

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