{"id":9931,"date":"2021-06-02T16:50:10","date_gmt":"2021-06-02T19:50:10","guid":{"rendered":"http:\/\/02265.com.ar\/?p=9931"},"modified":"2021-06-02T16:50:24","modified_gmt":"2021-06-02T19:50:24","slug":"rendicion-de-cuentas-2020-coalicion-civica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/2021\/06\/02\/rendicion-de-cuentas-2020-coalicion-civica\/","title":{"rendered":"RENDICION DE CUENTAS 2020: Despacho del bloque Coalici\u00f3n Civica Vecinal"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Coronel Vidal, 02 de junio de 2021<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>DESPACHO DE COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO REFERENTE A EXPEDIENTE N\u00ba250\/SE\/2021 \u201cRENDICION DE CUENTAS 2020\u201d y EXPEDIENTE N\u00b0 238\/SE\/2021 \u201cCOMPENSACION DE EXCESOS PRESUPUESTO 2020\u201d<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Viene a despacho de esta comisi\u00f3n los expedientes anteriormente mencionados, cabe mencionar que es deber de este cuerpo deliberativo realizar un exhaustivo y responsable an\u00e1lisis de la documentaci\u00f3n aportada a efectos de garantizar el mayor nivel posible de control sobre la gesti\u00f3n llevada a cabo por el Departamento Ejecutivo, en cumplimiento de los Art.67 de la Ley Org\u00e1nica de las Municipalidades, 90 y 230 del Reglamento de Contabilidad y disposiciones de administraci\u00f3n y 41 y 58 del Decreto RAFAM 2980\/00.Dado que el Concejo Deliberante debe analizar los estados contables y se pronunciarse al respecto es que, debemos dejar constancia de la insuficiente informaci\u00f3n con la que contamos los concejales para llevar adelante esta labor, por lo que dejamos sentado, que NO tuvimos acceso al RAFAM, a pesar de haberlo peticionado en tiempo y forma y de estar aprobado el pedido de Usuario y Clave RAFAM por unanimidad. Tampoco tuvimos acceso a los informes econ\u00f3micos semestrales, incumpliendo con la Ley Org\u00e1nica Municipal, art.165, inc. 6, con la resoluci\u00f3n de Honorable Tribunal de Cuentas N\u00b0691\/07 art. 6, ni se encuentran publicados como corresponde en la web del Municipio, como lo indica la Ley de Responsabilidad Fiscal N\u00b013.295 Art.3 y 4. Asimismo, No tuvimos a la vista los libros contables y dejamos constancia que no tuvimos acceso a los documentos 1736 al 1759. Lamentablemente, nuestro trabajo para ejercer el debido contralor, se ve restringido, pero no solo por esta cuesti\u00f3n de la rendici\u00f3n de cuentas, sino que &nbsp;esto es habitual en el Municipio de Mar Chiquita y da cuenta de ello los innumerables pedidos de transparencia que hemos solicitado desde nuestro bloque,&nbsp; pedidos de informe que no se nos han contestado, tambi\u00e9n solicitamos las transmisiones de las sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, como as\u00ed tambi\u00e9n,&nbsp; la publicaci\u00f3n de las ordenanzas en un digesto, es por ello que el informe de la Asociaci\u00f3n de Presupuesto y Administraci\u00f3n financiera (ASAP)posiciono a nuestro municipio en el Grupo D, de nulo cumplimiento de &nbsp;visibilidad y disponibilidad de los presupuestos y de la ejecuci\u00f3n de los mismos en las respectivas web de los municipios, dando por sentado la poca divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n sobre las finanzas publicas del Municipio de Mar Chiquita, ante la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Presupuesto aprobado por Ordenanza Municipal N\u00b095bis\/19, el d\u00eda 19 de diciembre de 2019 fue por la suma de pesos mil doscientos millones cuatrocientos ochenta y ocho con veinte centavos, se le ha efectuado ampliaciones presupuestarias por Decreto N\u00b0 1028\/20, 1029\/20, 1035\/20, 1335\/20 Y 1892\/20, por la suma de $ 123.110.948, 48. Seg\u00fan se informa en el expte&nbsp; la deuda flotante al 31\/12\/20 es de $ 214.438.678,68. Y el monto de las partidas con excesos presupuestarios&nbsp; compensar de fuente de financiamiento 110 asciende a la suma de $ 288.497.661,66, asimismo se incorpora la compensaci\u00f3n de excesos de H.C.D que asciende a la suma de $ 1.170.267,71. tambi\u00e9n se deja a consideraci\u00f3n la convalidaci\u00f3n de excesos presupuestarios de fuente de financiamiento que no fue cubierto por las econom\u00edas&nbsp; y excedentes de recaudaci\u00f3n por la suma de $&nbsp; 1.315.455,42 y excesos presupuestarios de fuente de financiamiento 131, 132, 133 y 140.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se entiende que toda rendici\u00f3n de cuentas supone la estricta ejecuci\u00f3n del presupuesto sancionado oportunamente por este H.C.D, pero el mismo fue modificado en varias oportunidades, cabe mencionar la particularidad del a\u00f1o 2020, no solo por lo econ\u00f3mico, sino por ser un a\u00f1o diferente, por la declaraci\u00f3n de la Pandemia por Covid 19, ambos motivos ocasionaron la sanci\u00f3n de diversas ordenanzas como&nbsp; la Ordenanza 002\/20,&nbsp; que autoriza al Departamento Ejecutivo a utilizar fondos de origen municipal y provinciales, sin necesidad de restituir por $ 20.000.000, los fondos municipales afectados a dicha ordenanza son de las partidas de Bomberos de Santa Clara del Mar, del fondo especial de educaci\u00f3n, cultura, salud y deporte, de los recursos de Caser, de promoci\u00f3n tur\u00edstica, de la contribuci\u00f3n a la salud y de la venta de viviendas. &nbsp;De fondos provinciales, el fondo federal educativo, fondos por la ley 13.178 por licencias de alcohol, fondo de fortalecimiento de fondos sociales, fondos de tratamientos de residuos, fondos por convenio con la polic\u00eda comunal, fondos del programa de la tercera edad, fondo del programa CAI Ma\u00f1ana ellos, fondo de Los Girasoles, fondos del plan nacer, del programa envi\u00f3n, del plan emprender y del plan compartir 40 viviendas. Asimismo, el 28\/01\/20 se sancion\u00f3 la emergencia econ\u00f3mica, financiera, sanitaria y socialpor la cual se reasignan, readecuan, transfirieren y ampl\u00edan partidas presupuestarias.Y con la ordenanza 18\/20 se sanciona la emergencia sanitaria. Este cuerpo deliberativo ha munido al Departamento ejecutivo de todas las herramientas y partidas presupuestarias necesarias para que pueda llevar a cabo una gesti\u00f3n que llegue al vecino, pero lamentablemente, solo vemos y esta es una apreciaci\u00f3n de nuestro bloque, una continuidad de la anterior gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto no solo lo vemos por la falta de transparencia, sino por las mismasacciones y ejemplo de ello es el recibo 1123, documento 2618 sobre arrendamiento de terreno para deposito de residuos de recolecci\u00f3ndomiciliarios, acci\u00f3n absolutamente condenable de la anterior gesti\u00f3n que se continua en esta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dado que el manejo de los fondos p\u00fablicos, para ser eficiente, deber asegurar las necesidades b\u00e1sicas de los vecinos del Partido de Mar Chiquitaasegurando un uso eficaz, con criterio pol\u00edtico, porque no se trata solo de recaudar y gastar bien, sino de cumplimentar las necesidades b\u00e1sicas poblaci\u00f3n en su conjunto. Esto se vio afectado, a modo de ejemplificaci\u00f3n, con las constantes extracciones de arena, de las cuales se pidieron informes y aun no han sido contestados y venta de esta arena, de los que tampoco hay documentaci\u00f3n respaldatoria.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otra de las acciones que se continua, como en la gesti\u00f3nanterior, es la falta de documentaci\u00f3n y pagos de los puestos que han sido licitados en la fiesta de la Cerveza 2020, no hay documentaci\u00f3n respaldatoria, cosa que nos llama enormemente la atenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dentro de la poca documentaci\u00f3n que se nos permiti\u00f3 revisar, encontramos orden de pago DOCUMENTO n\u00b0826, referente a cord\u00f3n cuneta Barrio Plan Federal, en General Piran, por contrataci\u00f3n directa, que se encuentra observada en insistencia Art. 186\u00b0 de la LOM por incumplimiento del Art 126\u00b0 del Reglamento de contabilidad, por recurso excedido, por lo que la entonces Tesorera Municipal Bettina Zambotti, se deslinda de la responsabilidad en el pago. Asimismo, en el documento 2272, encontramos orden de pago extrapresupuestaria, referente a Obra social del Departamento Ejecutivo, donde se paga la prepaga OSDE, siendo que todo personal municipal, tiene la cobertura de salud de IOMA, esto tambi\u00e9n nos llama la atenci\u00f3n, porque se pierde el principio de igualdad tan pregonado por la justicia social.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Nos hubiese gustado por hacer una rendici\u00f3n de cuentas exhaustiva, pero la escasa informaci\u00f3n con la que contamos es privativa para realizar nuestra labor, ES POR TODO ELLO QUE DESDE EL BLOQUE COALICION CIVICA ARI DICTAMINAMOSEL RECHAZO Y DESAPROBACI\u00d3N DE LA RENDICI\u00d3N DE CUENTAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2020 Y LA DESAPROBACION DE LA COMPENSACION DE EXCESOS.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Coronel Vidal, 02 de junio de 2021 DESPACHO DE COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO REFERENTE A EXPEDIENTE N\u00ba250\/SE\/2021 \u201cRENDICION DE\u2026<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":9933,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-9931","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"views":122,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9931","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9931"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9931\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9933"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9931"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9931"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/02265.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9931"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}