Un hombre de 33 años que tras una discusión con la mujer que le alquilaba la casa en Santa Clara del Mar prendió fuego un colchón e incendió el lugar, fue condenado a tres años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal N°4. Para mantener la pena en suspenso, David Osvaldo Maña deberá cumplir una serie de reglas de conducta.
En el acuerdo que el Ministerio Público Fiscal y la defensa a cargo del abogado Osvaldo Verdi le presentaron al Juez Alfredo Deleonardis se acordó calificar al delito como incendio con peligro común para los bienes y se pactó una pena de tres años.
La noche del 2 de junio de 2021 Maña produjo intencionalmente un foco ígneo en el departamento situado al fondo de calle Cardiff al 700 en Santa Clara del Mar y generó con su actuar un peligro común para los bienes. El hecho estuvo acreditado a partir de las actuaciones policiales, de la tarea de Bomberos y del informe pericial que estableció como causas del siniestro “un aporte de energía de activación externo y ajeno a la vivienda, la cual fue aplicada sobre los materiales combustibles en la zona de origen, mediante elementos generadores de llama libre o incandescente” lo que reunió características de intencionalidad.
La responsabilidad del imputado estuvo plenamente confirmada a partir de las declaraciones de testigos que confirmaron que horas antes Maña había discutido con la propietaria porque lo intimaban a abandonar el lugar ante la falta de pago de alquiler y éste sostuvo que “lo iba a prender fuego”
Minutos antes del incendio, el sujeto se retiró del lugar y un día más tarde habló con el yerno de la propietaria –quien lo había recomendado para alquilar el lugar- y le reconoció que había sido el autor del incendio, detallándole que había rociado el colchón con alcohol y luego hizo un camino hasta la puerta y desde allí lo había prendido fuego.
En la sentencia, el magistrado descartó eximentes de la responsabilidad y agravantes, pero valoró como atenuantes la carencia de antecedentes penales del imputado y el buen concepto que se presume.
Tras hallar a David Osvaldo Maña autor del delito de incendio con peligro común para los bienes, validó la pena de tres años propuesta por las partes y definió que la misma sea de ejecución condicional. Para mantenerla de esa forma, por ese tiempo deberá fijar domicilio; someterse al control del Patronato de Liberados; no podrá acercarse a menos de 500 metros de la duela de casa o su grupo familiar y no tendrá ningún tipo de contacto.
En caso de un incumplimiento injustificado, se revocará la condicionalidad de la pena de prisión.
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