El Fondo, creado mediante el decreto 173 publicado hoy en le Boletín Oficial del distrito, se integra de recursos de Rentas Generales de la Provincia, Aportes del Tesoro Nacional y/o cualquier otra fuente que al efecto determine el Ministerio de Hacienda y Finanzas, por hasta $10.000.000.000, pudiendo la mismo modificarse y/o ampliarse.
Los recursos del Fondo serán asignados entre los municipios, teniendo como tope el monto que surge de aplicar el Índice de Vulnerabilidad Social (IVS) establecido en el inciso a) del artículo 6o de la Ley No 13.163 y modificatoria y en la Resolución N° 5/2012 del entonces Ministerio de Desarrollo Social, actual Ministerio de Desarrollo de la Comunidad.
La asignación de fondos a cada municipio se realizará de acuerdo con los proyectos que presenten los mismos ante el Ministerio de Desarrollo y los recursos que se transfieran tendrán el carácter de no reintegrables. Los municipios deberán rendir cuentas de los fondos transferidos ante el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, mediante informes.
En los fundamentos del decreto se especificó que el Fondo «tendrá por objeto financiar proyectos sociales que busquen promover y garantizar políticas públicas destinadas a la atención integral de personas en situación de vulnerabilidad, como así también coadyuvar al sostenimiento del funcionamiento básico de los servicios esenciales que prestan los municipios».