Tras reiteradas intimaciones e incumplimientos por parte del concesionario, Sr. Juan Martin Ainchil, se efectuó el desarme del Parador Barra Mansa en Santa Clara del Mar. Luego haber transcurrido nueve meses de incumplimientos reiterados de obligaciones por parte del concesionario y hacer caso omiso a la última carta documento enviada por el municipio con fecha 14 de septiembre de 2020, mediante la cual se intimó a 72 horas hábiles al reintegro de la tenencia de unidad fiscal, se procedió al desarme de la estructura implantada, sita en Avenida Costanera entre Santander y Avenida Del Arroyo. Los bienes muebles encontrados en el lugar fueron trasladados en custodia hacia una dependencia municipal.
El Sr. Juan Martín Ainchil reconoce haber incumplido con su obligación de pago en reiteradas notas presentadas en la Municipalidad de Mar Chiquita, que dicha obligación vencía el 31 de enero de 2020, que no puede atribuirse a la situación epidemiológica que estamos viviendo, como intenta hacer el Sr. Ainchil. En este marco, el 31 de enero de 2020 debió abonarse el valor equivalente a 3508 litros de combustible nafta Infinia valor YPF ACA, Partido de Mar Chiquita. Lo cual no se sucedió, explotando durante 45 días más la unidad turística fiscal, sin interrumpir el municipio la explotación comercial a pesar del incumplimiento en término.
En tanto, se mantuvieron diversas reuniones finalizada la temporada estival, a los fines de alcanzar un acuerdo sobre la situación suscitada. Que de dichas reuniones, el Sr. Ainchil se retiró manifestando promesa de pago, que habiéndose extendido los recibos pertinentes para hacer efectivo el pago, eso no produjo.
Luego de seis meses y en función de lo dispuesto por Decreto 918/2020 de fecha 13 de junio de 2020, se procedió a rescindir el convenio 190/18 ante el incumplimiento de la cláusula séptima por parte del concesionario, conforme a lo establecido en la cláusula sexta: “En caso que el concesionario no cumpliere en todo o en partes lo dispuesto en el presente convenio se extinguirá automáticamente la vigencia del presente, debiendo reintegrar la unidad turística a la Municipalidad de Mar Chiquita, libre de intrusos u ocupantes, inmediatamente cuando esta lo solicitara por notificación fehaciente…”.
Por otra parte, en la cláusula tercera del convenio mencionado se expresa que “las mejoras quedarán en beneficio de la Municipalidad no pudiendo el concesionario reclamar compensación y/o indemnización alguna, ni ejercer ninguna retención en razón de la misma”.
Se adjunta
Convenio 190/18: Convenio
Decreto 918/2020: Decreto
Copia intimación Carta Documento “Restitución del bien”: Carta Documento